Sociedad Española de Patología Digestiva
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» Marco ético

Otro aspecto relacionado con la información al paciente es el relativo a su participación en proyectos de investigación. La SEPD tiene como uno de sus objetivos principales el estímulo de la investigación como modo para progresar en el conocimiento. Para ello se requiere la participación voluntaria e informada de los pacientes. Por dicho motivo:

  • Los pacientes que vayan a participar en un proyecto de investigación lo harán de forma voluntaria, libre y sin que su decisión interfiera en el buen cuidado de su enfermedad por parte de los facultativos que le atienden.
  • La participación en los proyectos de investigación se ajustarán a las normativas nacionales e internacionales así como a las buenas prácticas sobre investigación biomédica con seres humanos.
  • La participación en los proyectos de investigación no será remunerada, sin menoscabo de la admisibilidad de pagos avalada por el correspondiente Comité de Ética de la Investigación para financiar gastos sufridos derivados de esta participación o compensar proporcionalmente otras molestias.

Un tercer aspecto relacionado con la información al paciente es el relativo a la información que debe compartir con el especialista en Aparato Digestivo que le atiende. En este sentido el Marco Ético de la SEPD/FEAD considera que:

  • El paciente es el responsable, en el sentido general de la acepción, de su salud por lo que el médico deberá respetar su derecho a la autonomía. Según el principio de autonomía, el paciente tiene derecho a decidir por sí mismo sobre los actos que se practicarán en su propio cuerpo y que afectarán de manera directa o indirecta su salud, su integridad y su vida. Por dicho motivo, el profesional debe orientar la toma de decisiones contando siempre con la opinión del paciente.
  • El paciente tiene derecho a ser informado de su enfermedad, pronóstico y tratamiento. El médico informará sobre su dolencia al paciente o a quien éste delegue. La información debe ser veraz, completa, no sesgada, abierta al diálogo, progresiva y adaptada al paciente, que debe comprender lo que se le está informando.
  • El paciente debe ser informado de las pruebas que se le van a realizar, contemplando tanto las causas que justifiquen la solicitud de las pruebas complementarias como las explicaciones pertinentes para que el paciente pueda dar su consentimiento para realizarlas.
  • Toda la información que un paciente comparte con su médico es estrictamente confidencial y el médico no debe revelarla sin el permiso del paciente, a no ser que sea requerida por un juez u otras circunstancias contenidas en la ley.
  • En todo caso el médico gestionará con la mayor competencia posible los conflictos de valores, pudiendo recurrir a la deliberación de un Comité de Ética Asistencial.


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